Raquel, yo no quiero desanimarte, pero sé que es esto de los 3 años que le pasa a la propietaria del piso que has comprado, te explico: se considera vivienda habitual a efectos fiscales (el piso donde vives, no una 2ª residencia), aquella en la has vivido más de 3 años. El problema es que la vendedora del piso no habra vivido estos 3 años que la ley dice, por lo tanto si efectua la venta tendria que devolver todo lo que se ha desgrabado en la declaracion de hacienda (ya que la hipoteca desgraba sólo cuando es vivienda habitual). A parte tendrá que pagar la plusvalia del piso (la parte que se lleva hacienda de la ganancia de este piso), ya que al estar en él menos de 3 años como no es vivienda habitual se considera lucro, y además la posterior multa por haberte desgrabado algo que no era. Las razones por las cuales queda exento el pago es cuando hay un cambio de vivienda por motivos de trabajo, pero entonces es cuando te vas a vivir fuera de la comunidad autonoma o a "x" kilometros de la antigua vivienda.
No quiero desanimarte, pero aunque tú tengas el contrato de arras firmado el requisito que se debe cumplir para que este no se lleve a cabo es dar el doble de lo que pone en el contrato a los que compraban, la ley sólo te ampararia a ti en el caso en el que la vendedora quisiera darte solamente los 15.000 euros que tú le distes, pero si te da los 30.000 lo siento muxo pero no tienes nada que hacer; o al menos eso es lo que yo tengo entendido!!!
Joooo, menudo rollo te he soltado, espero que te sirva!!!
Buenas noches a todas!!














