cuando la luna de miel?

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cuando la luna de miel?

EntradaAutor: esluna1 » dc. març 28, 2007 8:11 pm

A ver tengo una preguntita, nos vamos a casar en julio 2008 y yo como soy profe estaré de vacaciones y sé que los 15 dias los puedo coger cuando yo quiera así que me da igual, pero queria saber si mi futuro maridin puede pedir sus 15 días cuando el quiera o tienen que ser los 15 dias que siguen a partir de la fecha de la boda. como lo hacen normalmente en las empresas? (es que acaba de empezar y no quiere ya ir preguntando sus dias de fiesta). Es que habiamos pensado ir de viaje en temporada baja para no encontrarnos con toda la gente que se va de viaje en verano y ademas porque mi padre murio cuando yo era pequeña y tenia pensado ir la semana siguiente a la boda a 9 horas de mi ciudad a llevarle el ramo. Sabeis como va el tema? gracias por todo
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EntradaAutor: Charliemi » dj. març 29, 2007 4:30 pm

Hola guapa!! Pues los 15 días te los puedes coger cuando quieras durante el año de la boda. El estatuto de los trabajadores solo habla de 15 días naturales por boda así que organizaros como os vaya mejor. Saludos neu:-D
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EntradaAutor: esluna1 » dj. març 29, 2007 6:08 pm

muchisimas gracias!!!
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EntradaAutor: mbr » dj. març 29, 2007 6:19 pm

esluna, yo me fui 6 días despues de casarme. tambien soy profe y me dijeron en el departament que si no había causa mayor el permiso me lo tenían que dar justo después de la boda. No se si me tiomaron o no, pero el caso es que hacerlo así me fue muy bien
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EntradaAutor: Pu&Vi » dj. març 29, 2007 6:24 pm

Yo creo que el permiso empieza el primer día que tuvieses que trabajar, y a partir de ahí quince días naturales, vamos yo creo.. :-/ :*:-)
Pero bueno todo es hablarlo....con la empresa, pero vamos si estás de vacaciones de verano los quince días los pierdes.. no sé vamos...
Ale que vaya bien... :-)) :-))
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EntradaAutor: Charliemi » dj. març 29, 2007 9:30 pm

3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:

a) Quince días naturales en caso de matrimonio.

Esto es lo que estipula el estatuto de los trabajadores. A partir de ahí está claro que lo ideal es un acuerdo entre empresa y trabajador. Yo me cojo las vacaciones que cogen la boda de pr medio y seguidamente los 15 días de boda pero no he contado a cuantos días de distancia están de la boda la verdad y por suerte no me han dicho nada.
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EntradaAutor: martamario » dj. març 29, 2007 11:44 pm

Hola chicas,
Lo normal son 15 dias contando la fecha de la boda, es decir, si os casais en sabado pues ya cuenta el sabado y domingo. Lo que pasa que igual alguna empresa tiene por convenio otra cosa, pero lo normal es disfrutarlo seguido o llegar algun pacto con la empresa.
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EntradaAutor: nsolac » ds. març 31, 2007 12:09 pm

martamario discrepo contigo: el sábado y domingo que dices que cuenta ya como parte del permiso de 15 días no es así, sino que ese finde pertenece al descanso semanal por haber realizado tu jornada durante toda la semana y al que tienes derecho de disfrutar. Por tanto, al igual que las vacaciones, el permiso de 15 días empezaría el lunes siguiente!
Comparto lo que se ha dicho que lo mejor es llegar a un acuerdo empresa/trabajador para evitar posibles conflictos!!!

BESITOS
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EntradaAutor: NiNNa » ds. març 31, 2007 8:03 pm

esluna, jo també sóc mestra, i és cert que pots anar de lluna de mel per exemple quan et casis (juliol o agost) i igualment agafar-te els 15 dies que et toquen durant el 1r trimestre del curs següent ( que seria dins el mateix 2008).
L'any passat vaig fer una substitució de permís per matrimoni al desembre, i la noia s'havia casat al juliol..... :-)) (no sé si ets interina o funcionària, però ella era interina, així que serveix per tothom!!!!!)
Si vols aclarir-ho millor, truca al departament i digues el teu cas, però penso que no hi hauria cap problema.
Respecte a la teva parella, no et puc dir res..... ho desconec per complet...
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EntradaAutor: martamario » dl. abr. 02, 2007 8:04 pm

nsolac, pues no se dependera de la empresa yo trabajaba en RRHH y a mi me conto el fin de semana de la boda, pero no solo a mi a todos los que se casaban en la empresa. Los dias son naturales y por tanto cuenta desde que te casas, igual que cuando tienes un hijo, eran 4 dias naturales y contaba desde el nacimiento y si caia en fin de semana pues perdias los dias. Pero puede ser que en otras empresas funcione diferente, supongo que se marcara por convenio. Los funcionarios tendran mas ventajas.
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EntradaAutor: CRIS1979 » dt. abr. 03, 2007 1:20 pm

POR LEY SON 15 DIAS A PARTIR DEL DIA DE LA BODA PERO LUEGO EN CADA CONVENIO PUEDE CAMBIARLO ES MIRAR QUE DICE EL CONVENIO Y HABLARLO CON LA EMPRESA
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EntradaAutor: MAELMA » dg. abr. 29, 2007 7:59 pm

YO TENGO LOS 15 DIAS DE PERMISO PERO ME COJO UNA SEMANA ANTES DE VACACIONES Y PASADOS LOS 15 DIAS EMPALMO CON EL RESTO DE LAS VACACIONES. TOTAL MES Y MEDIO.
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EntradaAutor: Crispinita » dt. maig 01, 2007 3:08 pm

Ole Maelma que lista!! :-()-) Yo hago lo mismo, pido la semana de antes de la boda de vacaciones, luego los 15 dias y completo la semana siguiente.. total: 1 mes de no tener que pisar la empresa :-))
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